lunes, 17 de octubre de 2016

PREPA EN LINEA SEP
Actividad Integradora:
Caso Juzgado


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MÓDULO 9. SOCIEDAD MEXICANA CONTEMPORÁNEA
UNUDAD III. SISTEMA POLITICO
ALUMNO: JESÚS CARBAJAL FLORES
FACILITADOR: JAVIER MARTÍN MIRANDA RODRÍGUEZ
                                                                                                        
                                                             16 DE OCTUBRE DE 2016.

CONTENIDO.
INTRODUCCIÓN.
1.- ANTECEDENTES DEL CASO.
2.- FUNDAMENTACIÓN Y SITUACIÓN JURÍDICA.
3.- ARGUMENTACIÓN PARA DEFENDER EL CASO.
CONCLUSIONES.
FUENTES CONSULTADAS.


ACTIVIDAD INTEGRADORA
CASO JUZGADO


INTRODUCCIÓN.
En la siguiente actividad abajo citada, analizare un caso de discriminación hacia portadores del virus (VIH). Así mismo sus consecuencias jurídicas que esto conlleva, y justificando mi trabajo detectando que artículos fueron violados, basándome en la constitución política de 1917, de los estados unidos mexicanos.


Declaro bajo protesta, que el producto de mi trabajo, es de mi autoría personal. No incurriendo en plagio académico, al citar correctamente las fuentes consultadas. De esta forma estoy dando crédito al derecho de autor.
 




1.- ANTECEDENTES DEL CASO.
El 10 de marzo de 2004 se recibió en esta Comisión Nacional el escrito de la organización no gubernamental MEXSIDA, en el cual se señalaron casos de discriminación de los menores que padecen VIH/SIDA por parte de autoridades educativas, tanto en el ámbito local como en el federal, lo que constituye una grave violación a sus derechos humanos.

Con motivo de los señalamientos expresados en el escrito presentado por MEXSIDA y la información aparecida en los medios de comunicación, respecto de expulsiones de menores que padecen VIH/SIDA, en escuelas tanto del sector público como privado, este Organismo Nacional inició una investigación con el objeto de obtener la información necesaria para formular las propuestas de acciones y medidas para combatir los actos de discriminación y las violaciones a derechos humanos de los menores que padecen VIH/SIDA en el ámbito escolar.

Para recabar información se solicitó a las comisiones locales defensoras de derechos humanos en la República Mexicana, a los programas de SIDA de las secretarías estatales de salud, a CENSIDA, a las oficinas federal y locales del Sistema Integral para el Desarrollo de la Familia y a las organizaciones no gubernamentales con trabajo en VIH/SIDA, que reportaran los casos que tuvieran registrados de violaciones a los derechos humanos de los menores que padecen VIH/SIDA por parte de las autoridades educativas, ya sea que los hubiesen recibido en quejas o de los cuales hubiesen tenido conocimiento por cualquier medio.

Como resultado de la investigación realizada por esta Comisión Nacional, se constató la existencia de un número importante de reportes en toda la República Mexicana, en los que las autoridades educativas han discriminado a menores que son portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o que padecen el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). En los casos de los que tuvo conocimiento este Organismo Nacional, las autoridades educativas han realizado acciones violatorias de los derechos humanos de los menores, al expulsarlos de las escuelas por su condición de salud o al negarles el servicio educativo por la misma razón. Incluso, han dado a conocer entre la comunidad escolar el estado de salud de los menores, lo que ha generado que éstos y sus padres sean discriminados y estigmatizados en el ámbito escolar y por la sociedad.

Las autoridades educativas también han violentado por omisión los derechos humanos de los menores que padecen VIH/SIDA, al permitir y tolerar la discriminación, estigmatización y los prejuicios en el ámbito escolar, tanto en instituciones públicas como privadas, por parte de alumnos y padres de familia. Esto impacta a los menores en la manera en que se perciben a sí mismos, y provoca en algunos casos depresión, falta de autoestima y desesperación. Esta omisión de las autoridades permite que se arraiguen en la sociedad mitos en torno a la enfermedad y a las personas que la padecen.

Es importante señalar que ante la Comisión Nacional y las comisiones locales se han presentado pocas quejas sobre casos de discriminación a menores en las escuelas por padecer VIH/SIDA; sin embargo, este dato, de acuerdo a los resultados de las investigaciones realizadas, únicamente parece indicar que la denuncia de esta grave violación a los derechos humanos se ve obstaculizada por el miedo a la estigmatización y discriminación que sufren las víctimas.

Las violaciones a los derechos humanos de las personas que viven con VIH/SIDA ha sido una preocupación de la Comisión Nacional desde su origen, y por ello ha participado activamente en la publicación de cartillas de derechos y la realización de estudios en torno al tema, en los que se ha consignado reiteradamente la gravedad de la discriminación como una violación a los derechos humanos, en especial en el campo de la educación.

Este Organismo Nacional ha dirigido su actuación en la materia, además de la atención de las quejas que se han presentado, a la capacitación de autoridades y particulares en torno al respeto a los derechos humanos de las personas que viven con VIH/SIDA, con la finalidad de luchar contra la discriminación y estigmatización que se han generado en torno a esta enfermedad por la falta de información y los prejuicios sociales.

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2.- FUNDAMENTACIÓN Y SITUACIÓN JURÍDICA.

Articulo y o garantía.
¿Por qué se trasgredió dicho artículo?
Garantía: derecho a la educación, ya que en México es obligatoria.
Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
Fe de erratas al párrafo DOF 09-03-1993. Párrafo reformado DOF 12-11-2002, 09-02-2012
Las autoridades educativas, actuaron en contra a la ley. Al negarles rotundamente el derecho a la educación básica, vigente en México.
Siendo expulsados definitivamente de las instituciones educativas, tanto del sector público, así como del privado.
Garantía: discriminación a los menores infectados con VIH/SIDA, (síndrome de inmunodeficiencia adquirida).
Artículo 1o. párrafo quinto:
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Párrafo reformado DOF 04-12-2006, 10-06-2011
Artículo reformado DOF 14-08-2001
Las autoridades educativas, tanto en el ámbito local como en el federal, actuaron en contra a la constitución política de 1917. Al no acatar las leyes que de esta emanan, al violentar a los menores, usando la discriminación a sus condiciones de salud.
Garantía: violación al desarrollo integral de los menores.
Artículo 4o. párrafo séptimo:
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Párrafo adicionado DOF 18-03-1980. Reformado DOF 07-04-2000, 12-10-2011
El estado mexicano, no cumplió con el requisito del artículo cuarto, párrafo séptimo. Al mostrar desinterés por solucionar el problema de raíz, esto para que se respeten los derechos de los menores violentados. 



3.- ARGUMENTACIÓN PARA DEFENDER EL CASO.

Después de haber analizado el caso, y teniendo conocimiento de nuestra constitución política de 1917, y tomando en cuenta los artículos 1 y 3, que son muy claros en materia educación obligatoria y así como en materia de no discriminación de ningún tipo. Por lo anterior  me doy cuenta que las autoridades escolares, tanto del rubro local como el federal, no actuaron conforme a lo que la constitución dicta.
El hecho de discriminar y negar la educación básica a los menores infectados con VIH/SIDA, es una grave violación de sus derechos humanos. Por otra parte, el estado mexicano también es cómplice de la magnitud del problema social, al desacatar el artículo 4º. Al no velar de manera permanente, para el sano esparcimiento y desarrollo integral de los menores afectados. 
Por lo anterior, creo que la denuncia de este tipo de casos en donde prevalece la discriminación, sería una buena medida preventiva para erradicar de raíz el problema. Dado que gran parte de la población mexicana no lee lo que contiene la constitución política de 1917, de los estados unidas mexicanos.
 Y para muestra basta un botón, tengo una hija de 11 años de edad, está en primero de secundaria, le pregunte que si en su escuela le habían hablado sobre la constitución política, su respuesta fue, que es eso, de que me estás hablando.
Exhorto a las autoridades competentes a fomentar a que se conozca la constitución política de los mexicanos.

CONCLUSIONES.
Concluiré y les comento que, este trabajo me dejo un gran aprendizaje estudiantil, por el contenido tan delicado que se manejó. Sin lugar a dudas estoy convencido que si todos respetamos la constitución política, difícilmente se van a presenta adversidades en nuestras vidas.

     





FUENTES CONSULTADAS.
http://www.diputados.gob.mx CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Recuperado el 16 de Octubre de 2016.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm

https://www.google.com.mx banco de imágenes de google. Recuperado el 15 de Octubre de 2016.
https://www.google.com.mx/search?hl=es&site=imghp&tbm=isch&source=hp&biw=1920&bih=950&q=casos+juridicos&oq=casos+juridicos&gs_l=img.1.0.0j0i24k1l9.3867.14228.0.20185.15.14.0.1.1.0.117.1292.12j2.14.0....0...1ac.1.64.img..0.15.1293...0i30k1j0i8i30k1.1wu9StBR764#imgrc=LoGuR4xLaVFk3M%3A

Prepa en línea SEP. Módulo 9. Semana 3. Sistema político. Caso. Recuperado el 16 de Octubre de 2016.
 http://148.247.220.235/pluginfile.php/11527/mod_assign/intro/M9S3_caso.pdf

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