PREPA EN LINEA SEP
Actividad Integradora:
Caso Juzgado
MÓDULO
9. SOCIEDAD MEXICANA CONTEMPORÁNEA
UNUDAD
III. SISTEMA POLITICO
ALUMNO:
JESÚS CARBAJAL FLORES
FACILITADOR:
JAVIER MARTÍN MIRANDA RODRÍGUEZ
16 DE OCTUBRE DE 2016.
CONTENIDO.
INTRODUCCIÓN.
1.-
ANTECEDENTES DEL CASO.
2.-
FUNDAMENTACIÓN Y SITUACIÓN JURÍDICA.
3.-
ARGUMENTACIÓN PARA DEFENDER EL CASO.
CONCLUSIONES.
FUENTES CONSULTADAS.
ACTIVIDAD
INTEGRADORA
CASO JUZGADO
INTRODUCCIÓN.
En
la siguiente actividad abajo citada, analizare un caso de discriminación hacia
portadores del virus (VIH). Así mismo sus consecuencias jurídicas que esto
conlleva, y justificando mi trabajo detectando que artículos fueron violados,
basándome en la constitución política de 1917, de los estados unidos mexicanos.
Declaro
bajo protesta, que el producto de mi trabajo, es de mi autoría personal. No
incurriendo en plagio académico, al citar correctamente las fuentes
consultadas. De esta forma estoy dando crédito al derecho de autor.
1.- ANTECEDENTES DEL CASO.
El
10 de marzo de 2004 se recibió en esta Comisión Nacional el escrito de la
organización no gubernamental MEXSIDA, en el cual se señalaron casos de
discriminación de los menores que padecen VIH/SIDA por parte de autoridades
educativas, tanto en el ámbito local como en el federal, lo que constituye una
grave violación a sus derechos humanos.
Con
motivo de los señalamientos expresados en el escrito presentado por MEXSIDA y
la información aparecida en los medios de comunicación, respecto de expulsiones
de menores que padecen VIH/SIDA, en escuelas tanto del sector público como
privado, este Organismo Nacional inició una investigación con el objeto de
obtener la información necesaria para formular las propuestas de acciones y
medidas para combatir los actos de discriminación y las violaciones a derechos
humanos de los menores que padecen VIH/SIDA en el ámbito escolar.
Para
recabar información se solicitó a las comisiones locales defensoras de derechos
humanos en la República Mexicana, a los programas de SIDA de las secretarías
estatales de salud, a CENSIDA, a las oficinas federal y locales del Sistema
Integral para el Desarrollo de la Familia y a las organizaciones no
gubernamentales con trabajo en VIH/SIDA, que reportaran los casos que tuvieran
registrados de violaciones a los derechos humanos de los menores que padecen
VIH/SIDA por parte de las autoridades educativas, ya sea que los hubiesen
recibido en quejas o de los cuales hubiesen tenido conocimiento por cualquier
medio.
Como
resultado de la investigación realizada por esta Comisión Nacional, se constató
la existencia de un número importante de reportes en toda la República
Mexicana, en los que las autoridades educativas han discriminado a menores que
son portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o que padecen el
Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). En los casos de los que tuvo
conocimiento este Organismo Nacional, las autoridades educativas han realizado
acciones violatorias de los derechos humanos de los menores, al expulsarlos de
las escuelas por su condición de salud o al negarles el servicio educativo por
la misma razón. Incluso, han dado a conocer entre la comunidad escolar el
estado de salud de los menores, lo que ha generado que éstos y sus padres sean
discriminados y estigmatizados en el ámbito escolar y por la sociedad.
Las
autoridades educativas también han violentado por omisión los derechos humanos
de los menores que padecen VIH/SIDA, al permitir y tolerar la discriminación,
estigmatización y los prejuicios en el ámbito escolar, tanto en instituciones
públicas como privadas, por parte de alumnos y padres de familia. Esto impacta
a los menores en la manera en que se perciben a sí mismos, y provoca en algunos
casos depresión, falta de autoestima y desesperación. Esta omisión de las
autoridades permite que se arraiguen en la sociedad mitos en torno a la
enfermedad y a las personas que la padecen.
Es
importante señalar que ante la Comisión Nacional y las comisiones locales se
han presentado pocas quejas sobre casos de discriminación a menores en las
escuelas por padecer VIH/SIDA; sin embargo, este dato, de acuerdo a los
resultados de las investigaciones realizadas, únicamente parece indicar que la
denuncia de esta grave violación a los derechos humanos se ve obstaculizada por
el miedo a la estigmatización y discriminación que sufren las víctimas.
Las
violaciones a los derechos humanos de las personas que viven con VIH/SIDA ha
sido una preocupación de la Comisión Nacional desde su origen, y por ello ha
participado activamente en la publicación de cartillas de derechos y la
realización de estudios en torno al tema, en los que se ha consignado
reiteradamente la gravedad de la discriminación como una violación a los
derechos humanos, en especial en el campo de la educación.
Este
Organismo Nacional ha dirigido su actuación en la materia, además de la atención
de las quejas que se han presentado, a la capacitación de autoridades y
particulares en torno al respeto a los derechos humanos de las personas que
viven con VIH/SIDA, con la finalidad de luchar contra la discriminación y
estigmatización que se han generado en torno a esta enfermedad por la falta de
información y los prejuicios sociales.
_________________________________________________________________________
2.- FUNDAMENTACIÓN Y SITUACIÓN
JURÍDICA.
Articulo y o garantía.
|
¿Por qué se trasgredió dicho artículo?
|
Garantía: derecho a la educación, ya que en México es
obligatoria.
Artículo
3o. Todo individuo tiene derecho a
recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y
Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media
superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la
educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
Fe de erratas al párrafo DOF
09-03-1993. Párrafo reformado DOF 12-11-2002, 09-02-2012
|
Las autoridades educativas, actuaron
en contra a la ley. Al negarles rotundamente el derecho a la educación
básica, vigente en México.
Siendo expulsados definitivamente de
las instituciones educativas, tanto del sector público, así como del privado.
|
Garantía: discriminación a los menores infectados con
VIH/SIDA, (síndrome de inmunodeficiencia adquirida).
Artículo
1o. párrafo quinto:
Queda prohibida toda discriminación
motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las
discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión,
las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra
que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar
los derechos y libertades de las personas.
Párrafo reformado DOF 04-12-2006,
10-06-2011
Artículo reformado DOF 14-08-2001
|
Las autoridades educativas, tanto en
el ámbito local como en el federal, actuaron en contra a la constitución
política de 1917. Al no acatar las leyes que de esta emanan, al violentar a
los menores, usando la discriminación a sus condiciones de salud.
|
Garantía: violación al desarrollo integral de los menores.
Artículo
4o. párrafo séptimo:
En todas las decisiones y actuaciones del
Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la
niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas
tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud,
educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio
deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas
públicas dirigidas a la niñez.
Párrafo adicionado DOF 18-03-1980.
Reformado DOF 07-04-2000, 12-10-2011
|
El estado mexicano, no cumplió con el
requisito del artículo cuarto, párrafo séptimo. Al mostrar desinterés por
solucionar el problema de raíz, esto para que se respeten los derechos de los
menores violentados.
|
3.- ARGUMENTACIÓN PARA DEFENDER EL CASO.
Después
de haber analizado el caso, y teniendo conocimiento de nuestra constitución
política de 1917, y tomando en cuenta los artículos 1 y 3, que son muy claros
en materia educación obligatoria y así como en materia de no discriminación de
ningún tipo. Por lo anterior me doy
cuenta que las autoridades escolares, tanto del rubro local como el federal, no
actuaron conforme a lo que la constitución dicta.
El
hecho de discriminar y negar la educación básica a los menores infectados con
VIH/SIDA, es una grave violación de sus derechos humanos. Por otra parte, el
estado mexicano también es cómplice de la magnitud del problema social, al
desacatar el artículo 4º. Al no velar de manera permanente, para el sano
esparcimiento y desarrollo integral de los menores afectados.
Por
lo anterior, creo que la denuncia de este tipo de casos en donde prevalece la
discriminación, sería una buena medida preventiva para erradicar de raíz el
problema. Dado que gran parte de la población mexicana no lee lo que contiene
la constitución política de 1917, de los estados unidas mexicanos.
Y para muestra basta un botón, tengo una hija
de 11 años de edad, está en primero de secundaria, le pregunte que si en su
escuela le habían hablado sobre la constitución política, su respuesta fue, que
es eso, de que me estás hablando.
Exhorto
a las autoridades competentes a fomentar a que se conozca la constitución
política de los mexicanos.
CONCLUSIONES.
Concluiré
y les comento que, este trabajo me dejo un gran aprendizaje estudiantil, por el
contenido tan delicado que se manejó. Sin lugar a dudas estoy convencido que si
todos respetamos la constitución política, difícilmente se van a presenta
adversidades en nuestras vidas.
FUENTES CONSULTADAS.
http://www.diputados.gob.mx
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Constitución publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Recuperado el 16
de Octubre de 2016.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
https://www.google.com.mx
banco de imágenes de google. Recuperado el 15 de Octubre de 2016.
https://www.google.com.mx/search?hl=es&site=imghp&tbm=isch&source=hp&biw=1920&bih=950&q=casos+juridicos&oq=casos+juridicos&gs_l=img.1.0.0j0i24k1l9.3867.14228.0.20185.15.14.0.1.1.0.117.1292.12j2.14.0....0...1ac.1.64.img..0.15.1293...0i30k1j0i8i30k1.1wu9StBR764#imgrc=LoGuR4xLaVFk3M%3A
Prepa
en línea SEP. Módulo 9. Semana 3. Sistema político. Caso. Recuperado el 16 de
Octubre de 2016.
http://148.247.220.235/pluginfile.php/11527/mod_assign/intro/M9S3_caso.pdf
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